martes, 16 de mayo de 2023

¿Por qué es importante ser preciso en la estatura y peso, cuando se solicita un Seguro de Gastos Médicos o de Vida?

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el sobrepeso y la obesidad como «una acumulación anormal o excesiva de grasa que puede ser perjudicial para la salud».

Por los riesgos implicados para la salud, las personas con sobrepeso u obesidad pueden enfrentar exclusiones o rechazo de solicitudes de seguros de gastos médicos y de seguros de vida, ya que la obesidad se asocia con un mayor riesgo de enfermedades cardiovasculares (ECV), tales como: hipertensión, cardiopatía isquémica, insuficiencia cardiaca, accidentes cerebrovasculares, fibrilación auricular, arritmias ventriculares o muerte de origen cardiaco. También se asocia con mayor riesgo de padecer Diabetes; enfermedades de la Vesícula; Osteoartritis; Apnea del Sueño y problemas respiratorios, entre otros más.

De acuerdo con la OMS las ECV son la principal causa de muerte en todo el mundo. Y de acuerdo con el INEGI (Instituto Nacional de Estadística y Geografía), las ECV son también la principal causa de mortalidad en México.

Las compañías de seguros utilizan diferentes criterios para evaluar el riesgo de las personas que solicitan seguros de gastos médicos y seguros de vida, y uno de los factores que consideran es el índice de masa corporal (IMC). Si el IMC de un solicitante está por encima de un cierto umbral, la compañía de seguros puede negar la cobertura o aumentar las primas y/o emitir póliza con exclusiones particulares para padecimientos relacionados con el sobrepeso y la obesidad.

Cabe destacar que este tipo de “discriminación” puede variar dependiendo de la compañía de seguros y de las regulaciones del país en el que se encuentren operando.

En México, disposiciones de la Ley Sobre el Contrato de Seguro establecen la obligación del proponente (Solicitante) a declarar a la empresa aseguradora todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que se solicita cubrir mediante un Contrato de Seguro. Y en su Capítulo IV, sobre “El riesgo y la Realización del Siniestro”, claramente se indica que cualquiera omisión o inexacta declaración en la solicitud de seguro, facultará a la empresa aseguradora para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aún y que no hayan influido en la realización del siniestro.

Mi recomendación como Agente de Seguros es ser precisos al requisitar una solicitud de seguro, y ser vigilantes de que el Agente intermediario del trámite de solicitud, también lo sea.

Existe la mala práctica de omitir o distorsionar información en solicitudes de seguros, con la finalidad de lograr la eventual favorable aceptación y emisión de una póliza. Erróneamente se piensa que, con póliza emitida y pagada, ya se cuenta con la cobertura del riesgo, pero no necesariamente es así.

La gran mayoría de las “historias de terror” que se cuentan sobre compañías de seguros que “no pagan”, son originadas precisamente porque al momento de suceder el siniestro se detectan inconsistencias entre la información proporcionada en la solicitud de seguro y la información obtenida al momento del siniestro.

 ¿Quieres tener certeza de contar con la cobertura de tu seguro cuando se necesite?: Sé honesto al solicitar un seguro y procura asesorarte con Agente de Seguros que también lo sea.


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